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HomeMy WebLinkAboutItem 5 - Attachment 3 - (Spanish)1 Lector automático de matrículas (ALPR) Preguntas de la comunidad y respuestas del CVPD En los últimos meses, la comunidad ha presentado una serie de preguntas y preocupaciones al Departamento de Policía de Chula Vista y otros funcionarios de la ciudad con relación al programa ALPR del Departamento de Policía. Muchas de estas preguntas y preocupaciones se han centrado en el intercambio de datos del programa ALPR con ciertas agencias federales (ICE, USBP y HSI). Hasta la fecha, el público ha tenido pocas oportunidades de obtener respuestas directas a sus preguntas. El propósito de este documento es intentar remediarlo, al menos parcialmente, proporcionando respuestas directas a muchas, si no a todas, las preguntas que hemos recibido. Muchas de las preguntas que se responden aquí fueron enviadas directamente al Departamento de Policía en los últimos meses. Otras se presentaron al Ayuntamiento durante la reunión del Cabildo Municipal del 23 de marzo y posteriormente en un Foro Comunitario el 7 de abril. 1. ¿Cuándo y cómo comenzó el Departamento de Policía de Chula Vista (CVPD) a recopilar y proporcionar datos de matrículas a otras agencias? El Departamento de Policía de Chula Vista comenzó a obtener los datos de las matrículas a través de un sistema ALPR en 200 7, unos meses después de que el Ayuntamiento aprobara el programa. El Departamento de Policía de Chula Vista no envía por sí mismo datos de ALPR a otras agencias policiales. Sin embargo, en 2017 , cuando el Departamento cambió los proveedores de ALPR a Vi gilant Solutions su base de datos se suscribió a de la Red de Informes de Archivo de Aplicación de la Ley (LEARN). La suscripción a la base de datos LEARN incluyó la capacidad de que los datos ALPR de Chula Vista se incluyan en las búsquedas de otras agenc ias de aplicación de la ley en todo el país, comúnmente conocido como "Intercambio de datos." 2. Describa el número y los tipos de equipos exactos, programas informáticos, capacitación, número de personal implicado, así como cualquier cambio durante ese periodo de tie mpo. Originalmente fue aprobado en 2007 por el Ayuntamiento, el programa ALPR consistía en tres sistemas de cámaras ALPR. Cada sistema de cámaras estaba (y sigue estando) montado en tres coches patrulla marcados que forman parte de la flota normal de vehículos de patrullaje del Departamento de Policía. El programa se amplió para añadir un cuarto coche patrulla tras la aprobación del Ayuntamiento en 2011. Desde entonces, el Departamento de Policía ha seguido 2 operando cuatro sistemas de cámaras AL PR. Los cambios adicionales en el programa incluyeron 2017, cuando el proveedor de ALPR cambió de 3M/PIPS a Vigilant Solutions, y 2020, cuando se aceptó la financiación de la subvención que incluía la sustitución del equipo ALPR existente. El Departamento de Policía opera cuatro coches patrulla marcados y equipados con sistemas de cámaras ALPR que funcionan mientras los vehículos están en uso. Los coches patrulla se asignan a los agentes patrulleros en función de su disponibilidad y no se asignan en funció n de la geografía. Debido a que se empalman los turnos, los coches patrulla pueden no ser utilizados en algunos turnos (es decir, un oficial del turno de día conduce uno, lo que hace que no esté disponible para el siguiente turno, pero está disponible para que lo conduzca un oficial del turno de noche). El sistema ALPR funciona como un servicio continuo y no tiene personal dedicado aesto de tiempo completo. Pero la gestión y supervisión del sistema es responsabilidad de un capitán de policía, que cuenta con el apoyo de un teniente de policía, un sargento y un director de tecnología de la información. La política del Departamento de Policía describe las restricciones y los requisitos relacionados con el acceso al programa ALPR, la administración, el funcionamiento, el intercambio de datos y la retención y la responsabilidad. El acceso a los datos del ALPR está restringido a los usuarios autorizados de entre el personal autorizado del departamento. Todos los usuarios autorizados deben completar la capacitación del departamento antes de que se les conceda el acceso. A cada usuario se le proporciona una credencial de inicio de sesión única y se le prohíbe compartir las credenciales con otros o utilizar las credenciales de otra persona. Los usuarios que infrinjan e sta norma están sujetos a medidas disciplinarias en virtud de la política del departamento y también podrían enfrentarse a un proceso penal en virtud de las leyes de seguridad y protección de datos. Los usuarios que no hayan accedido al sistema durante 90 días quedarán automáticamente suspendidos del acceso hasta que soliciten que se les restablezca el acceso. Un administrador del sistema debe aprobar su solicitud para restablecer el acceso. En estos casos, el usuario también recibe material de capacitación como repaso. El uso del sistema ALPR está restringido al uso oficial de las fuerzas del orden. Cualquier usuario autorizado que lleve a cabo una consulta en el sistema debe iniciar la sesión utilizando sus credenciales de acceso seguro y debe proporcionar una razón para la consulta (como un número de caso de investigación criminal, etc.) 3. ¿Opera o tiene acceso actualmente la CVPD a otros dispositivos ALPR aparte de los cuatro dispositivos para vehículos mencionados en el artículo de SD-UT del 6/12/20? 3 El Departamento de Policía no opera ninguna otra cámara o sistema ALPR más allá de los mencionados en este documento . Como parte del acuerdo de intercambio con Vigilant, el Departamento de Policía tiene la capacidad de hacer busquedas en los datos ALPR de otras agencias y de organizaciones comerciales (no gubernamentales) que han elegido compartir su información con las fuerzas del orden público. 4. ¿Existen dispositivos ALPR fijos actualmente en uso y que compartan datos con Vigilant Solutions, LLC? En caso afi rmativo, ¿cuál es su ubicación en general y su finalidad? (Si la seguridad es una preocupación, indique una ubicación aproximada, como una cuadra del censo o una zona política). El Departamento de Policía no opera ningún dispositivo o sistema ALPR fijo . 5. ¿Cuál es el propósito, los objetivos del sistema ALPR y cómo se estima si fue exitoso? Según un estudio de 2012 de la Asociación Internacional de Jefes de Policía (IACP) 3, la tecnología de lectura automática de matrículas (ALPR) se inventó en 1976 en el Reino Unido para evitar atentados terroristas en Londres. La tecnología ALPR ha sido utilizada por los organismos policiales de todo el mundo al menos desde 2001 y utiliza cámaras e iluminación para fotografiar una matrícula y escanear la imagen mediante un software de procesamiento de imágenes que extrae los datos necesarios (como el número de matrícula y el estado). A continuación, esos datos se comparan con las bases de datos policiales, como las listas de vehículos robados y buscados. Los investigadores policiales también pueden buscar manualmente los datos del ALPR. Debido a su costo relativamente bajo y a su eficacia, los sistemas ALPR son utilizados actualmente por cientos de organismos policiales de todo el país. Una cumbre tecnológica del Police Executive Research Forum (PERF) celebrada en enero de 2012 en Washington D.C. puso de manifiesto que el 71% de los departamentos de policía encuestados en Estados Unidos empleaban sistemas ALPR en alguna medida y que el 85% tenía previsto adquirir o ampliar su uso de sistemas ALPR en los próximos cinco años. Los organismos de todo el país utilizan los sistemas ALPR para localizar a personas desaparecidas o con órdenes de detención o buscadas en relación con delitos, localizar coches robados y ayudar en las investigaciones criminales en curso. En comparación con la recopilación de estos datos a mano, los sistemas ALPR ahorran innumerables horas de investigación. La mayoría de las agencias municipales del condado utilizan los ALPR de alguna manera. Varias operan con sistemas ALPR móviles y fijos y varias utilizan sistemas ALPR para el cumplimiento de las normas de estacionamiento. 4 En 2007, el Departamento de Policía de Chula Vista solicitó la adquisición de sistemas ALPR como una herramienta para ayudar a hacer frente a un aumento de la delincuencia. Entonces, como ahora, el ALPR es una herramienta que puede proporcionar alertas oportunas sobre vehículos buscados en relación con una investigación que, de otro modo, podrían haber escapado a la visión de los agentes cuando operan un coche patrulla equipado con ALPR. La función de búsqueda proporciona a los detectives un método para acotar los lugares de búsqueda de personas sospechosas o buscadas por cometer delitos. Al igual que muchas otras tecnologías, como las radios policiales, el uso de los teléfonos inteligentes por parte de la seguridad pública, las bases de datos del sistema de justicia penal, el sistema 911 y otras, calcular que tan exitosa es cualquier tecnología específica es extremadamente difícil de cu antificar. Existen numerosos estudios e informes sobre los programas ALPR en general y su utilidad y aplicación para mejorar los servicios de seguridad pública. Estos informes generales están respaldados por amplias pruebas anecdóticas de nuestras propias experiencias. En el informe del personal del 23 de marzo de 2021 para el Caabildo Municipal se proporcionaron numerosos ejemplos de estas pruebas. Esta evidencia anecdótica sugiere que el programa ALPR tiene valor en el mundo real para resolver crímenes, l ocalizar y detener a los delincuentes, y ayudar a mantener la seguridad pública en Chula Vista. 6. ¿Qué objetivos se han considerado, aunque no se hayan llevado a cabo? Aparte de los fines detallados en la pregunta nº 5, no tenemos conocimiento de otros fines que se hayan considerado para el sistema ALPR. 7. Desde su creación, ¿quién ha aprobado el programa (fechas exactas y funcionarios municipales)? 9 de octubre de 2007: El Ayuntamiento aprobó la propuesta del Departamento de Policía de Chula Vista para financiar la compra de un sistema de cámaras ALPR. La propuesta incluía la compra de sistemas de cámaras montados en tres vehículos policiales rutinarios marcados que utilizan los patrulleros uniformados. La propuesta se incluyó en el orden del día del Cabildo y éste aprobó la compra mediante la Resolución del Cabildo nº 2007-249. 1 de febrero de 2011: El Cabildo de la Ciudad aprobó la propuesta del Departamento de Policía para financiar un cuarto sistema de cámaras ALPR. La propuesta se incluyó en la agenda del Cabildo, y el Cabildo aprobó la compra en la Resolución del Cabildo #2011-012. 1 de julio de 2016: El Jefe de Policía David Bejarano firmó el Memorando de Entendimiento (MOU) entre SANDAG y ARJIS. Este MOU incluía un acuerdo de intercambio de datos para los datos ALPR y citaba una Evaluación del Impacto sobre la Privacidad (PIA) de 2008 dirigida por la Asociación Internacional de 5 Jefes de Policía, que revisaba las leyes locales, estatales y federales existentes e incluía las preocupaciones sobre la pr ivacidad de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU). La PIA resultante de 2009 proporcionó los antecedentes de esta política. La política también citaba las políticas del Sistema de Telecomunicaciones para el Cumplimiento de la Ley (CLETS) del Departamento de Justicia de California en relación con el acceso y el uso oficial de los datos del CLETS. Como cuestión de registro, los datos del CLETS no contienen información de inmigración (los datos del CLETS contienen datos del DMV, datos de vehículos robados, personas buscadas, personas desaparecidas, etc.). En 2017, el Departamento cambió los proveedores de ALPR de 3M/PIPS a Vigilant Solutions. El equipo original adquirido en 2007 y 2011 había llegado al final de su vida útil, y se necesitaban nuevas cá maras. Vigilant Solutions fue seleccionado como el nuevo proveedor. El Departamento de Policía optó por compartir los datos del ALPR con todos los demás organismos policiales que también utilizan Vigilant Solutions a través de la Red de Informes de Archivo de Vigilant (LEARN). Este cambio se realizó dentro de un programa existente y presupuestado y no implicó la aprobación del Ayuntamiento. 9 de abril de 2020: La ACLU presentó una solicitud de la Ley de Registros Públicos (PRA, por sus siglas en inglés) en relación con la suscripción del Departamento a la Red de Informes de Archivos de Aplicación de la Ley (LEARN, por sus siglas en inglés) de Vigilant. Buscaban los nombres de las agencias que comparten y reciben datos del CVPD, y los nombres de las agencias que comparten y reciben notificaciones de "Hot lists" con el CVPD. El servicio LEARN ofrece a un organismo policial suscrito la posibilidad de permitir a otras entidades autorizadas la capacidad limitada de buscar los datos ALPR de ese organismo. El servicio LEARN también proporciona a las entidades la capacidad de crear alertas proactivas (a veces conocidas como notificaciones de "Hot list") para vehículos buscados, en caso de que una matrícula buscada sea escaneada por un sistema ALPR que esté suscrito. El Departamento investigó su sistema Vigilant ALPR y proporcionó la lista de agencias Vigilant LEARN de las que el Departamento compartía y recibía datos. En la lista figuraban el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) y la Patrulla Fronteriza d e los Estados Unidos (USBP). Mientras tanto, el Departamento buscó la orientación legal de la oficina del Fiscal de la Ciudad para asegurar que el intercambio de datos era compatible con SB54. Dado que los datos del ALPR no incluyen información de identificación personal (PII), ni contienen ninguna información relacionada con la inmigración, se determinó que el intercambio de datos con estas agencias cumplía con el SB54. 28 de julio de 2020: El Cabildo de la Ciudad aprobó la propuesta del Departamento de Policía para aceptar $200,800 en fondos de subvención del 6 Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos. Esta financiación se utilizaría para las operaciones de horas extras, la compra de monoculares de visión nocturna y sistemas de lectura de ma trículas para los vehículos de patrulla. La propuesta se incluyó en el orden del día del Cabildo y fue aprobada por el Cabildo de la Ciudad en la Resolución del Cabildo #2020-177. Estos ALPRs todavía no han sido comprados por el departamento. 8 de diciembre de 2020: Los artículos publicados recientemente en los medios de comunicación sugirieron que el sistema ALPR del Departamento de Policía violaba dos leyes de California; la Ley de Valores de California de 2018 (SB54), y el Proyecto de Ley 34 del Senado del Estado de California de 2015, que requería que las agencias de aplicación de la ley buscaran la opinión del público y la aprobación del Cabildo de la Ciudad antes de comenzar u operar un sistema ALPR. El Cabildo de la Ciudad solicitó un informe del per sonal sobre el programa ALPR del Departamento de Policía. 8. ¿Cuándo y qué evaluaciones se han hecho del programa/contratos? Debido a la antigüedad del programa, algunos registros ya no existen. Algunos detalles sobre evaluaciones e informes anteriores est án contenidos en las respuestas a las preguntas #5 y #7. Además, las auditorías han ocurrido regularmente desde 2017 cuando el Departamento de Policía cambió los proveedores de ALPR a Vigilant Solutions. Con un programa que ha estado operando desde 2007, el Departamento ha reconocido el valor de tener un sistema ALPR para resolver crímenes. Con el tiempo, los costos del programa ALPR se convierten en una parte del presupuesto del departamento. Esto es similar a otros programas como las computadoras de datos móviles, el despacho asistido por computadora y muchos otros. 9. ¿Qué alternativas al ALPR se consideraron para lograr el propósito establecido? Desconocemos las opciones que pueden haberse discutido antes de la propuesta de 2007. No conocemos otra herramie nta que haga lo mismo que los ALPR. 10. ¿Cuáles son los costos anuales totales de todas las tecnologías relacionadas con el ALPR combinadas? Cuando cambiamos de proveedor en 2018, el costo inicial total para sustituir las antiguas cámaras fue de aproximada mente $73,000 dólares. Eso incluía los 4 sistemas de cámaras, y una suscripción de un año a LEARN. La suscripción anual es de $10,390 dólares. 11. ¿Cuáles son las fuentes exactas de toda la financiación de los distintos aspectos del programa ALPR? 7 Todas las compras iniciales de ALPR se hicieron con fondos de subvenciones. Los costos posteriores de suscripción o mantenimiento se pagan con el presupuesto del departamento de policía. 12. ¿Cuándo se financió el primer contrato y cuáles fueron sus condiciones exactas? Los registros que quedan de 2007 muestran que se estaba trabajando en la compra inicial en el primer trimestre de 2008. No tenemos registros de nada desde entonces hasta 2015. En 2015, el costo anual del servicio y el costo era de $4,600 dólares. En 2016, el costo fue de alrededor de $ 1,600 para el año (esto parece ser porque se cubrieron menos cámaras, posiblemente debido a la obsolescencia o las reparaciones). El próximo contrato no es hasta el año fiscal 18 con Vigilant, cuyos costos se responden en la pregunta nº 10. 13. ¿Qué contratos posteriores se han firmado y por quién? • 2007- Registros purgados por el calendario de retención de registros de la ciudad • 2011- Registros purgados por el calendario de retención de registros de la ciudad • La renovación de 2015 y 2016 del proveedor anterior fue aprobada por el Agente de Compras • 2018 compra de nuevas cámaras Vigilantes y LEARN fue firmado por el Director de Finanzas con los términos y condiciones estándar adjuntos aprobados en cuanto a la forma por el Fiscal de la Ciudad • 2019 1 año la renovación de LEARN fue firmada por el Director de Finanzas • 2020 1 año La renovación de LEARN fue firmada por el Director de Finanzas 14. ¿Cuáles son las condiciones de cada contrato? Contratos anuales 15. ¿Cuándo se renueva el contrato actual con Vigilant Solutions? 21 de mayo de 2021 16. ¿Existen planes o se ha hablado de aumentar el número y las ubicaciones de los dispositivos ALPR de la CVPD? En particular, ¿se ha debatido o considerado la posibilidad de ampliar el programa ALPR de la CVPD como parte de la planificación de "Smart City Chula Vista", como por ejemplo 8 incluir dispositivos ALPR en los semáforos? ¿Quién ha participado en estas discusiones y cuál es el resultado de los planes? El Departamento de Policía explora y evalúa regularmente sus operaciones y necesidades operativas. Esto puede incluir y ha incluido programas de tecnología, para incluir ALPR. Específicamente en las recientes discusiones con la comunidad sobre el ALPR, ha habido preguntas y discusiones sobre la distribución equitativa de los ALPR en toda la ciudad, lo que potencialmente implicaría la adición de ALPR fijos en partes estratégicas de la ciudad. El Departamento seguirá presentando los programas propue stos al Ayuntamiento para su aprobación en un foro p úblico. Cabe señalar que las cámaras de gestión del tráfico existentes montadas en los semáforos no son gestionadas por el Departamento de Policía y no tienen capacidades ALPR. Las cámaras ALPR fijas gestionadas por el Departamento serían nuevas cámaras y una expansión del programa que se presentaría a la comunidad y al Cabildo de la Ciudad para su consideración. 17. La política de ALPR de CVPD (Política 460, con fecha 18/6/2020) especifica los procedimientos para compartir los datos de ALPR con otras agencias de aplicación de la ley previa solicitud por escrito. Los procedimientos establecen que cada solicitud es revisada y aprobada individualmente antes de compartir los datos ALPR, y que se mantiene un regist ro de todas las solicitudes aprobadas. ¿Es este el c aso de las solicitudes de datos y las búsquedas realizadas por otros organismos dentro de la base de datos de Vigilant Solutions? No. Como parte del acuerdo de LEARN, las agencias con las que compartimos pueden ver los datos ALPR de la Policía de Chula Vi sta cuando coinciden con los criterios de búsqueda. Las agencias con acceso a LEARN pueden solicitar compartir el acceso a los datos de Chula Vista, y con frecuencia recibimos esas solicitudes. Desde que este proceso de revisión ha estado en marcha, cada u na de esas solicitudes no han sido consideradas debido a la revisión del programa. Además, una agencia que no tiene acceso a los datos ALPR a través de LEARN podría solicitar la asistencia de CVPD con un caso en curso. Cualquier solicitud de información o de intercambio de datos se considera a nivel de Comando que son los Capitanes y superiores. 18. ¿Se notifica al CVPD cuando sus datos ALPR se comparten con otra agencia en respuesta a una búsqueda en l a base de datos, y existe un registro de cualquier información a la que hayan accedido el ICE o el CBP antes de que se detenga el intercambio de datos? No. El sistema no tiene la capacidad de ver quién vio los datos del ALPR del Departamento como resultado de una búsqueda. 9 A partir del 16 de abril de 2021 , hemos sabido que Vigilant ha desarrollado recientemente una capacidad de auditoría para las agencias que les permitiría ver qué otras agencias han visto sus datos ALPR, y por qué. Esto fue desarrollado recientemente por Vigilant debido a las preocupacion es expresadas por otras comunidades y agencias. Cuando sea posible, el Departamento pedirá esta capacidad e incluirá esta nueva característica en futuras auditorías. 19. ¿Cómo comunica actualmente la CVPD a Vigilant Solutions si sus datos ALPR pueden ser compartidos y con qué agencias? Los administradores de los departamentos pueden acceder a la pantalla de compartición de datos y ver una casilla de verificación para cada agencia que tenga acceso a LEARN. Al marcar o desmarcar la casilla junto al nombre del organismo, se habilita o suspende el intercambio de datos. El sistema enviará las solicitudes de compartición cuando se realicen, como se menciona en la pregunta 17. La opción es aceptar o ignorar esas solicitudes. 20. ¿Con qué frecuencia se revisan y actuali zan estos permisos? Según sea necesario. Dado que todas las solicitudes de intercambio de datos son ahora aprobadas por el personal de nivel de mando, recientemente se han realizado varios cambios. Tras suspender el intercambio con ICE y USBP, se realizó una revisión de toda la lista restante de organismos con los que se compartió, como parte del proceso de este informe, para garantizar que el intercambio se basaba en una toma de decisiones informada. El informe del Departamento de Justicia de California destacaba dos organismos que planteaban problemas (la Asociación de Jefes de Policía de Missouri y el Departamento de Policía de Honolulu). Estas mismas dos agencias también fueron listadas como compartidas por el departamento. Mientras que el Departamento de Policía de Honolulu es un departamento de policía reconocido, hay casos limitados de vehículos que viajan entre Chula Vista y Hawái. La Asociación de Jefes de Policía de Missouri, aunque se nombra cl aramente, es una organización profesional de jefes d e policía que no se dedica a la investigación criminal. Ambas agencias fueron eliminadas de la lista de intercambio del departamento como resultado. Además, aunque la mayoría de los organismos enumerados eran fácilmente identificables como departamentos de policía, oficinas del sheriff u otros organismos públicos encargados de hacer cumplir la ley, había un pequeño número que no estaba claramente identificado y que requería un examen más detallado. La mayoría de estos organismos eran legítimos y tenían un contacto claramente identificado en el sistema. Sin embargo, dos de estos organismos no 10 pudieron ser identificados con más detalle y no pudimos comprobarlo porque no tenían información de contacto en la lista. Estas dos entidades figuraban como HTU y SOSI NK y fueron eliminadas del intercambio de datos por las razones mencionadas anteriormente. 21. ¿Existen beneficios o incentivos por parte de Vigilant para compartir los datos más ampliamente, o desincentivos para restringir el acceso? No. Cada agencia puede compartir o no compartir según su elección. 22. ¿Se limita el acceso de la CVPD a los datos ALPR de otros organismos restringiendo el acceso a los suyos? Es posible. El proceso no es automático ni recíproco. Cuando la Policía de Chula Vista deja de compartir con otra agencia, los administradores del sistema de esa agencia reciben una notificación de que hemos dejado de compartir. Si están compartiendo con nosotros, tienen la opción de no compartir con nosotro s. Esa decisión se deja a cada agencia específicamente. 23. ¿Qué organismos reciben o han recibido alguna vez datos de Chula Vista? Ninguna otra agencia "recibe" ni ha recibido nunca los datos del ALPR de Chula Vista directamente. En cambio, como resultado de la participación del CVPD en la función de intercambio de datos LEARN en virtud de su contrato con Vigilant Solutions, otros organismos policiales participantes que el CVPD ha aprobado obtienen acceso a los datos ALPR del CVPD a través de sus búsquedas en la base de datos general de Vigilant Solutions. Dichas búsquedas, por su naturaleza, son específicas de las matrículas, como parte de las investigaciones, no a través de escaneos de datos globales o de la base de datos particular de cualquier agencia. Vigilant proporciona el almacenamiento de datos para el sistema ALPR de todas las agencias participantes. El Departamento de Policía no almacena su propia copia de los datos ALPR en los sistemas locales. Todos los datos ALPR, incluyendo las imágenes y los datos de las matrículas, se transmiten a Vigilant Solutions. Además, Chula Vista es parte de un Memorando de Entendimiento (MOU) de 2016 entre SANDAG y ARJIS que incluye un acuerdo de intercambio de datos para los datos ALPR. En virtud de ese MOU, Chula Vista junto con otras agencias de aplicación de la ley en el condado de San Diego comparten datos ALPR entre sí. 11 Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 4. 24. ¿El CVPD puede tener acceso a los datos ALPR de otras entidades (por ejemplo, la ciudad de Chula Vista, empresas privadas, estacionamientos) y los comparte con la base de datos de Vigilant Solutions? No. Sólo la información ALPR obtenida de las cámaras montadas en l os 4 coches patrulla de la CVPD carga datos en la ba se de datos de Vigilant Solutions. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, páginas 4-8. 25. ¿Existe algo que impida a un organismo policial con permisos acceder a los datos ALPR de CVPD en la base de datos de Vigilant Solutions y compartirlos (formal o informalmente) con un tercero que no tenga permiso de acceso directo? Sí, hay una serie de leyes federales y estatales, junto con los reglamentos, que ayudan a gobernar y proteger u na variedad de datos de la justicia penal, incluidos los datos ALPR. La principal de ellas, por ejemplo, son las leyes federales y estatales que rigen cuándo y por qué los agentes pueden acceder a la información confidencial sobre una persona y con quién p ueden compartirla. La ley estatal y la política del Departamento de Policía prohíben compartir información que no está disponible para el público sobre una persona y requieren razones oficiales de aplicación de la ley para el acceso. Las infracciones por uso indebido o abuso de estas leyes incluyen el despido y el enjuiciamiento penal. Todas las personas autorizadas a acceder a información confidencial deben asistir a una capacitación dos veces al año de acuerdo con la normativa del FBI y pasar una prueba d e recertificación para poder utilizar estos sistemas. Además, estos sistemas son auditados regularmente por el gobierno estatal y federal. Las auditorías también se llevan a cabo en departamentos enteros. Esto y otros detalles adicionales se pueden encon trar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 2, página 6 y en otros lugares. 26. ¿Cuántos miembros del personal del departamento de CVPD tienen actualmente acceso a los datos d el ALPR y quién es responsable de la supervisión y la formación? 12 El acceso a los datos del ALPR está restringido a los usuarios autorizados de entre el personal del Departamento, y está restringido al uso oficial de las fuerzas del orden. Todos los usuar ios autorizados deben completar la formación del departamento antes de que se les conceda el acceso. En la actualidad, los usuarios son el personal jurado, los despachadores de policía y los analistas de delitos. Desde el 17 de abril de 2021, 166 miembros del personal del Departamento tienen acceso. Otros 88 miembros del personal tienen acceso autorizado, pero debido a la inactividad durante más de 90 días se les ha suspendido el acceso. El sistema ALPR, incluidos los controles de la recopilación y el almacenamiento de datos y los programas de formación, está actualmente supervisado por el Capitán de la División de Investigaciones y dos administradores, un Sargento de Investigaciones y el Director de Tecnología de la Información (TI). (Nota: El Capitán de la División de Investigaciones se añadió a este equipo de supervisión como parte de este proceso de revisión del programa ALPR). El Departamento tiene la intención de asignar un cuarto administrador, un teniente de la división de investigaciones, en un futuro próximo. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el Informe de Personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, páginas 6-7, et al. 27. ¿Con qué frecuencia y con qué fines específicos utiliza el personal de la policía de CV la base de datos de Vigilant Solutions? El sistema ALPR del departamento tiene dos funciones principales. Mientras el coche equipado con ALPR está en uso, el sistema compara los números de las matrículas con una o más bases de datos existentes de vehículos de interés para las agencias de aplicación de la ley, y alerta a l oficial que opera un coche equipado con ALPR cuando se ha observado un vehículo de interés. La segunda función es la posibilidad de que los agentes busquen manualmente en la base de datos un vehículo e specífico relacionado con una investigación oficial (delitos, personas desaparecidas, etc.). El acceso a los datos del ALPR está restringido a los usuarios autorizados de entre el personal del Departamento, y está restringido al uso oficial de las fuerzas del orden público. Todos los usuarios autorizados deben completar la formación del departamento antes de que se les conceda el acceso. 13 Para más detalles, consulte el informe del personal del Ayuntamiento sobre el ALPR 3-23-21, página 6. 28. ¿Cuántas veces ha utilizado la policía de California la base de dat os de Vigilant Solutions para buscar información fuera del estado? Los datos del ALPR no incluyen la relación de la matrícula con ningún estado o localidad específica. Los datos ALPR tampoco contienen n inguna información sobre la dirección registrada del vehículo. Como resultado, no tenemos un medio para determinar el número de veces que el Departamento ha buscado en la base de datos información de otros estados. 29. ¿Cuántas veces se ha utilizado para buscar datos locales del condado de SD? Esto no se puede determinar. Véase la respuesta nº 28, más arriba. 30. ¿Cuántas veces se ha utilizado para otros datos en California? Esto no se puede determinar. Véase la respuesta nº 28, más arriba. 31. ¿Cuántos datos (número de imágenes, números de matrícula, o como se cuenten los datos) se han transmitido a Vigilant Solutions? A continuación se presenta una muestra representativa de la cantidad de detecciones de matrículas transmitidas a Vigilant Solutions en los últ imos tres años: 2020: 438,531 2019: 149,018 2018: 523,581 32. ¿Cuántos de estos datos capturados individualmente estaban realmente vinculados a un delito en el momento en que se capturaron los datos? El Departamento no realiza un análisis masivo de los dat os del ALPR y no tiene ningún sistema capaz de realizar una amplia comparación entre los datos del ALPR y la hora, la fecha y la ubicación específica de miles de delitos denunciados cada año. Como resultado, no podemos evaluar cuántos de los datos ALPR capturados individualmente estaban vinculados a un deli to en el momento en que se capturaron los datos. 14 Para más detalles, consulte el informe del personal del Ayuntamiento sobre el ALPR 3-23-21, página 6. 33. ¿Existen directrices sobre cuándo y cómo se pueden recopilar los datos de las matrículas en relación con eventos o incidentes? La política del Departamento de Policía de Chula Vista incluye una serie de directrices y restricciones para el uso de los sistemas ALPR. Incluyen directrices para el uso de ALPR en general, así como directrices para su uso para c apturar placas de matrícula en asociación con las investigaciones criminales. 34. ¿Podrían los vehículos policiales capturar y compartir, intencionadamente o no, los datos de las matrículas de todos los coch es estacionados cerca de una marcha o reunión protegida por la Primera Enmienda, por ejemplo? Al igual que las cámaras corporales, las cámaras de ingeniería de tráfico y la mayoría de los otros tipos de tecnología de cámaras electrónicas, siempre existe la posibilidad de que las cámaras ALPR montadas sobre los vehículos de patrulla y activadas mientras están en uso puedan capturar los datos de las matrículas de los coches estacionados en cualquier lugar, incluidos los que están cerca de una marcha o reunión. Sin embargo, la política del Departamento de Policía de Chula Vista incluye una serie de directrices y restricciones para el uso de cualquier imagen o datos capturados por los sistemas ALPR. Incluyen directrices para el uso del ALPR en general, así como directrices para su uso para capturar matrículas en asociación con investigaciones criminales. 35. ¿Almacena la CVPD sus propios datos ALPR recopilados localmente? El Departamento de Policía no guarda su propia copia de los datos ALPR en los sistemas locales. Todos estos datos se cargan automáticamente en l a base de datos de Vigilant Solutions. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 6. 36. ¿Durante cuánto tiempo guarda estos datos el CVPD? La política del Departamento de Policía de Chula Vista requiere que todos los datos del ALPR del Departamento sean purgados después de un año. El sistema ALPR del departamento está configurado para borrar automáticamente las imágenes un año después de la fecha en que se tomó la imagen. Est e proceso ocurre diariamente. Como resultado, los datos ALPR de Chula Vista en 15 la base de datos de Vigilant Solutions sólo contendrán imágenes tomadas menos de un año antes. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 6. 37. ¿Quién gestiona la recopilación y el almacenamiento de datos del CVPD? Véase la respuesta al punto 26. Esto y otros detalles adicionales se pueden encont rar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 6-7. 38. ¿Por cuánto tiempo tienen las otras agencias acceso a los datos? Un año. Como se indica en la respuesta a la pregunta #36, la política del Departamento de Policía de Chula Vista requiere que todos los datos del ALPR del Departamento sean purgados después de un año. El sistema ALPR del departamento está configurado para borrar automáticamente las imágenes un año después de la fecha en que se tomó la imagen. Este proceso ocurre diariamente. Como resultado, los datos del ALPR de Chula Vista sólo contendrán imágenes tomadas menos de un año antes. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 6. 39. ¿Cuál es el periodo de retención actual de los datos ALPR de la CVPD en la base de datos de Vigilant Solutions? Véase la respuesta a la pregunta nº 36, más arriba. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 6. 40. ¿Cuáles son los procedimientos para borrar o destruir los datos y cómo se verifica su cumplimiento? El sistema ALPR del departamento está configurado para borrar automáticamente las imágenes un año después de la fecha en que se tomaron. Este proceso ocurre diariamente y está automatizado. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 6. 16 41. ¿Qué factores se han tenido en cuenta para determinar el periodo de conservación? Se han tenido en cuenta varios factores para determinar el período de retención de un año. Incluyen, pero no se limitan necesariamente a factores tales como las leyes y reglamentos locales, estatales y federales relativos a la retención de datos ALPR, datos PII, datos de Justicia Penal y más, las políticas y prácticas de retención de la ciudad, el valor de investigación razonable de resolver eficiente y eficazmente los crímenes, detener a los delincuentes, y mantener la comunidad segura, equilibrar el deber del Departamento de P olicía para proteger los derechos humanos y constitucionales de cada persona, incluyendo sus derechos a la privacidad, los plazos de prescripción para una variedad de delitos penales, y la experiencia profesional sobre la duración media del proceso de denu ncia penal, investigación y enjuiciamiento. 42. Vigilant Solutions menciona que su base de datos rastrea las "asociaciones" entre vehículos a lo largo del tiempo. ¿Cómo se utiliza actualmente esta función y cómo se ocupa la policía de caminos y carreteras de la preocupación por su uso indebido? La función "asociaciones" se utiliza cuando se llevan a cabo investigaciones criminales que implican a más de un delincuente o cuando se investiga a un delincuente que está evadiendo activamente a las fuerzas del orde n público. Esta función puede ayudar a los investigadores a identificar a otros delincuentes, así como a otros vehículos que puedan estar relacionados con el delincuente. El uso indebido de los datos del ALPR, incluida la función de asociaciones, está protegido por una serie de leyes federales y estatales, junto con reglamentos, que ayudan a gobernar y proteger la información. Las principales son, por ejemplo, las leyes federales y estatales que rigen cuá ndo y por qué los agentes pueden acceder a información confidencial sobre una persona y con quién pueden compartirla. La ley estatal y la política interna del Departamento prohíben compartir información que no está disponible para el público sobre una persona y requieren razones oficiales de aplicación de l a ley para el acceso. Las infracciones por el mal uso o el abuso de estas leyes incluyen el despido y el procesamiento penal. Todos los agentes y todas las personas autorizadas a acceder a información confidencial están obligados a asistir a una capacitación dos veces al año y a pasar una prueba de recertificación para poder utilizar estos sistemas. Además, estos sistemas son auditados regularmente por el gobierno estatal y federal. Las auditorías también se realizan en departamentos enteros. Estos sistemas requieren un inicio de sesión con candados y un motivo válido para la consulta. 17 Además, el Departamento de Policía de Chula Vista mantiene una serie de políticas y prácticas que ayudan a proteger la privacidad y las libertades civiles de nuestra comunidad. Mantenemos políticas estrictas que controlan todos los tipos de medios electrónicos o físicos que contienen Información de Justicia Penal, protegen su información mientras está almacenada o en uso, pro híben la exposición o divulgación ilegal o inapropiada, y requieren la limpieza y destrucción de los datos purgados. Las políticas existentes exigen que todos los empleados se adhieran a todas las leyes, órdenes, reglamentos, acuerdos de uso y capacitación aplicables relacionados con el acceso, el uso, la difusión y la divulgación de información protegida, incluida la información contenida en los sistemas ALPR. Más específicamente, la Política #460 de la Policía de Chula Vista es específica para el programa ALPR del Departamento. Describe el acceso, la administración, la operación, el intercambio de datos y la retención y la responsabilidad. El acceso a los datos del ALPR está restringido a los usuarios autorizados del personal del Departamento. Todos los usuarios autorizados deben completar la formación del departamento antes de que se les conceda el acceso y éste es controlado por los administradores del sistema. El manual de políticas completo del Departamento de Policía de Chula Vista está disponible públicamente en https://www.chulavistaca.gov/departments/police- department/department-policies. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 2, página 6 y en otros lugares. 43. ¿Cuándo se actualizó por última vez la política de ALPR del CVPD? En el mes de abril de 2021. La política de ALPR se actualizó por última vez en marzo de 2021. La revisión de la política es un proceso continuo que tiene en cuenta las mejores prácticas, la tecnología emergente, las preocupaciones de la comunidad y las normas de este sector. A menudo este proceso involucra aportes de entidades tales como los Departamentos de Justicia Federal y de California (DOJ), IACP, PERF, American Civil Liberties Union (ALCU) y otros cuando es apropiado ya que son entidades nacionales respetadas en este y otros temas. Esto nos permite operar de manera transparente y responsable mientras hacemos de Chula Vista una de las ciudades más seguras del condado y de la nación. 18 Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 2, et al. 44. ¿Qué políticas se aplican para proteger la privacidad y las libertades civiles? Hay una serie de leyes federales y esta tales, junto con reglamentos, que también ayudan a regir y proteger la información personal. Las principales son, por ejemplo, las leyes federales y estatales que regulan cuándo y por qué los agentes pueden acceder a información confidencial sobre una pers ona y con quién pueden compartirla. La ley estatal y la política del Departamento prohíben compartir información que no está disponible para el público sobre una persona y requieren razones oficiales de aplicación de la ley para el acceso. Las infracciones por el mal uso o el abuso de estas leyes incluyen el despido y el procesamiento penal. Todos los agentes y todas las personas autorizadas a acceder a información confidencial están obligados a asistir a una capacitación dos veces al año y a pasar una prueba de recertificación para poder utilizar estos sistemas. Además, estos sistemas son auditados regularmente por el gobierno estatal y federal. Las auditorías también se realizan en departamentos enteros. Estos sistemas requieren un inicio de sesión seguro y un motivo válido para la consulta. Además, el Departamento de Policía de Chula Vista mantiene una serie de políticas y prácticas que ayudan a proteger la privacidad y las libertades civiles de nuestra comunidad. Mantenemos políticas estrictas que contr olan todos los tipos de medios electrónicos o físicos que contienen Información de Justicia Penal, protegen su información mientras está almacenada o en uso, prohíben la exposición o divulgación ilegal o inapropiada, y requieren la limpieza y destrucción de los datos purgados. Las políticas existentes exigen que todos los empleados se adhieran a todas las leyes, órdenes, reglamentos, acuerdos de uso y formación aplicables relacionados con el acceso, el uso, la difusión y la divulgación de información protegida, incluida la información contenida en los sistemas ALPR. Más específicamente, la Política #460 de la Policía de Chula Vista es específica para el programa ALPR del Departamento. Describe el acceso, la administración, la operación, el intercambio de d atos y la retención y la responsabilidad. El acceso a los datos del ALPR está restringido a los usuarios autorizados del personal del Departamento. Todos los usuarios autorizados deben completar la formación del departamento antes de que se les conceda el acceso y éste es controlado por los administradores del sistema. 19 El manual de políticas completo del Departamento de Policía está disponible en línea en https://www.chulavistaca.gov/departments/police - department/department-policies. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del p ersonal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 2, página 6 y en otros lugares. 45. ¿Quién supervisa el programa de CVPD? El sistema ALPR es supervisado por el personal de mando del Departamento de Policía de Chula Vista, el teniente de policía y el sargento de policía con el apoyo de un gerente de TI. El programa ALPR está siendo revisado por el Comité Asesor de la Comunidad (CAC) del Departamento de Policía. Con el fin de proporcionar una supervisión más directa a la Administración de la Ciudad, el/la Administrador(a) de la Ciudad o una persona designada será asignado al CAC en el futuro. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 6-7. 46. ¿Con qué frecuencia se realizan auditorías del sistema ALPR y quién las realiza? La política actual requiere que un administrador del sistema ALPR supervise el sistema para garantizar la seguridad de la información y que realice audi torías periódicas del sistema. Las auditorías se han llevado a cabo anualmente y según sea necesario. Más adelante, las auditorías se llevarán a cabo al menos trimestralmente o con mayor frecuencia si es necesario. Para ello, se está duplicando el número de administradores del sistema. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 13. 47. ¿Se ha descubierto alguna brecha de seguridad o de datos, búsquedas no autorizadas u otros problemas? Hasta la fecha, el Departamento de Policía de Chula Vista no tiene conocimiento de ninguna violación de la seguridad o de los datos, de búsquedas no autorizadas, o de otros problemas que sugieran el abuso o el mal uso del sistema ALPR. 20 48. ¿Cuántas veces y en qué fechas han buscado o utilizado el ICE y el CBP los datos recogidos por el CVPD? Al igual que muchos sistemas computarizados dentro de la infraestructura nacional de justicia penal y seguridad pública, el Departamento de Policía de Chula Vista no tiene los medios para auditar las actividades u operaciones de otras entidades, incluyendo ICE y CBP. Cabe destacar que, como parte de este proceso de revisión y de las conversaciones en curso con Vigilant, el 16 de abril de 2021 nos enteramos de que han desarrollado una función que permitirá a un organismo ver qué otros organismos han visto sus datos. El debate preliminar es que esto permitirá a una agencia ver qué agencia vio los datos, y las razones, al igual que pueden hacerlo los usuarios internos. Esto se encuentra en las etapas preliminares, pero el Departamento planea solicitar esta función cuando esté disponible. Esto también se discute en la pregunta 18. 49. ¿Cuáles fueron los resultados de esas búsquedas? Véase la respuesta a la pregunta nº 48, más arriba. 50. ¿Cuántas personas han sido blanco de ataque por las autoridades federales de inmigración como resultado de la recopilación y el intercambio de datos ALPR por parte de la policía de California? El Departamento de Policía de Chula Vista no tiene los medios para auditar las actividades u operaciones de otras entidades, incluyendo ICE y CBP. Debido a las preocupaciones de la comunidad sobre el uso de la información por parte de las agencias de aplicación de la ley de inmigración, el CVPD h a dejado de "compartir" con estas agencias y está re comendando que este cambio sea permanente. 51. ¿Qué incidentes de seguridad o de violación de datos o de acceso no autorizado se han producido con los datos ALPR de CV? Hasta la fecha, el Departamento de Policía de Chula Vista no tiene conocimiento de ninguna violación de la seguridad o de los datos, o evidencia de acceso no autorizado que haya ocurrido con los datos del ALPR del Departamento. 52. ¿Qué medidas se tomaron en respuesta a estos acontecimientos? 21 Véase la respuesta a la pregunta nº 51. 53. ¿Cuánto costará [el ALPR] y cuál será el rango aceptable de usos? Bajo los términos del acuerdo actual para los servicios ALPR proporcionados al Departamento de Policía de Chula Vista por Vigilant Solutions, los c ostos fiscales del programa ALPR totalizan $10,390 por año para la suscripción a LEARN. El sistema ALPR del departamento tiene dos funciones principales. Mientras el coche equipado con ALPR está en uso, el sistema compara los números de las matrículas con una o más bases de datos existentes de vehículos de interés para las agencias de aplicación de la ley, y alerta al oficial que opera un coche equipado con ALPR cuando se ha observado un vehículo de interés. La segunda función es la posibilidad de que los agentes busquen manualmente en la base de datos un vehículo específico relacionado con una investigación oficial (delitos, personas desaparecidas, etc.). Para más detalles, consulte el informe del personal del Ayuntamiento sobre el ALPR 3-23-21, página 6. 54. ¿Cómo se evitará la violación de los derechos humanos básicos y las prácticas discriminatorias? Con respecto a los datos del ALPR, hay una serie de leyes federales y estatales, junto con los reglamentos, que ayudan a gobernar y proteger la información personal y los derechos humanos, y a prevenir las pr ácticas discriminatorias. Entre ellas destacan, por ejemplo, las leyes federales y estatales que regulan cuándo y por qué los agentes pueden acceder a información confidencial sobre una persona y con quién pueden compartirla. La ley estatal y la política d el Departamento prohíben compartir información sobre una persona que no está disponible para el público y requieren razones oficiales de aplicación de la ley para el acceso. Las infracciones por el mal uso o el abuso de estas leyes incluyen el despido y el procesamiento penal. Todos los agentes y todas las personas autorizadas a acceder a información confidencial están obligados a asistir a una capacitación dos veces al año y a pasar una prueba de recertificación para poder utilizar estos sistemas. Además, estos sistemas son auditados regularmente por el gobierno estatal y federal. Las auditorías también se realizan en departamentos enteros. Estos sistemas requieren un inicio de sesión con candado y un motivo válido para la consulta. 22 Además, el Departamento de Policía de Chula Vista mantiene una serie de políticas y prácticas que ayudan a proteger la privacidad y las libertades civiles de nuestra comunidad. Mantenemos políticas estrictas que controlan todos los tipos de medios electrónicos o físicos que contienen Información de Justicia Penal, protegen su información mientras está almacenada o en uso, prohíben la exposición o divulgación ilegal o inapropiada, y requieren la limpieza y destrucción de los datos purgados. Las políticas existentes exigen que todo s los empleados se adhieran a todas las leyes, órdenes, reglamentos, acuerdos de uso y formación aplicables relacionados con el acceso, el uso, la difusión y la divulgación de información protegida, incluida la información contenida en los sistemas ALPR. Más específicamente, la Política #460 de la Policía de Chula Vista es específica para el programa ALPR del Departamento. Describe el acceso, la administración, la operación, el intercambio de datos y la retención y la responsabilidad. El acceso a los datos del ALPR está restringido a los usuarios autorizados del personal del Departamento. Todos los usuarios autorizados deben completar la formación del departamento antes de que se les conceda el acceso y é ste es controlado por los administradores del sistema. El manual de políticas completo del Departamento de Policía está disponible en línea en https://www.chulavistaca.gov/departments/police-department/department- policies. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 2, página 6 y en otros lugares. 55. ¿Cuáles son exactamente los objetivos de esta tecnología y si esos objetivos son aceptables desde el punto de vista de la segurid ad pública, qué procedimientos de supervisión existe n para garantizar que las tecnologías sólo se aplicarán para esos usos específicos? El sistema ALPR del Departamento de Policía está destinado a ayudar en la investigación de delitos específicos después de que se produzcan, y también a ayudar en la localización de vehículos específicos buscados en relación con un delito o una investigación oficial. El sistema ALPR del departamento tiene dos funciones principales. Mientras el coche equipado con ALPR está e n uso, el sistema compara los números de las matrículas con una o más bases de datos existentes de vehículos de interés para las agencias de aplicación de la ley, y alerta al oficial que opera un coche equipado con ALPR cuando se ha observado un vehículo d e interés. 23 La segunda función es la posibilidad de que los agentes busquen manualmente en la base de datos un vehículo específico relacionado con una investigación oficial (delitos, personas desaparecidas, etc.). Para más detalles, consulte el informe de l personal del Ayuntamiento sobre el ALPR 3-23-21, página 6. 56. ¿Cuáles son los límites de los usos policiales de las tecnologías de vigilancia? El Departamento de Policía reconoce que la evolución de las tecnologías crea tanto nuevas oportunidades como preocupaciones sobre los derechos de privacidad. El Departamento de Policía de Chula Vista trabaja continuamente para valorar y evaluar las nuevas tecnologías y para desarrollar e implementar políticas y protocolos responsables y transparentes que maximicen la lucha contra el crimen y la reducción de la delincuencia de una manera que sea respetuosa y consciente de los derechos individuales y las preocupaciones de privacidad. Los "límites" en el uso de estas tecnologías se determinarán, y deben determinarse, m ediante un proceso continuo de evaluación de los uso s de la tecnología que son eficaces, de las políticas que pueden establecerse para garantizar que se respeten las leyes aplicables y los derechos civiles de las personas, y de lo que la comunidad en general se sienta cómoda. Aunque el Departamento de Policía no puede predecir el futuro desconocido de las tecnologías disponibles para la profesión policial mundial, seguimos comprometidos con la prestación de servicios de seguridad pública que sean eficaces y satisfagan las necesidades y expectativas de nuest ra comunidad. Para ello, seguimos escuchando las necesidades de aquellos a los que servimos. A medida que las nuevas tecnologías evolucionen en el futuro, seguiremos modificando nuestra formación, políticas y prácticas en beneficio de nuestra comunidad. Para más detalles, consulte el informe del personal del Ayuntamiento sobre el ALPR 3-23-21, página 2. 57. ¿Han demostrado estas tecnolo gías que vale la pena el gasto y que de hecho este es un mejor uso de los fondos que otros programas para ayudar a las comunidades? Véase la respuesta a la pregunta nº 5. Para más detalles, consulte el informe del personal del Ayuntamiento sobre el ALPR 3-23-21, página 1-5. 24 58. ¿Quién se beneficia exactamente de la compra de esta s nuevas tecnologías [ALPR]? La ciudad tiene un contrato con Vigilant Solutions. Véase la respuesta a la pregunta nº 10. 59. ¿Cómo se auditará este nuevo programa y cómo se evaluará su eficacia y sus daños? Véase la respuesta a la pregunta 25. 60. ¿Cómo se utiliza [ALPR] y dónde? Véase la respuesta a la pregunta nº 2. 61. ¿Cuántas otras ciudades están empezando a utilizar la vigilancia como el ALPR y les ha ido bien? Casi todas las agencias municipales de aplicación de la ley en el condado de San Diego operan y utilizan sistemas ALPR. Las agencias de todo el país utilizan los sistemas ALPR para localizar a personas desaparecidas o con órdenes de detención o buscadas en relación con delitos, localizar coches robados y ayudar en las investigaciones criminales en curso. En comparación con la recopilación de estos datos a mano, los sistemas ALPR ahorran innumerables horas de investigación. La siguiente lista detalla la capacidad del programa ALPR de cada agencia: • Departamento de Policía de Carlsbad: Ochenta y seis siste mas ALPR fijos, seis sistemas montados en coches patrulla y un sistema de control de estacionamiento. • Departamento de Policía de Chula Vista: Cuatro sistemas montados en coches patrulla. • Departamento de Policía de Coronado: Ocho sistemas montados en coches patrulla, dos sistemas móviles de control de estacionamiento. • Departamento de Policía de El Cajón: Tres sistemas montados en coches patrulla. • Departamento de Policía de Escondido: Tres sistemas fijos, un sistema montado en un coche patrulla y 2 sistemas m óviles de control de estacionamiento. • Departamento de Policía del Puerto: Tres sistemas fijos y seis sistemas montados en coches patrulla. • Departamento de Policía de La Mesa: Cuatro sistemas montados en coches patrulla. • Departamento de Policía de National City: Ninguno. 25 • Departamento de Policía de Oceanside: Cinco sistemas montados en coches patrulla. • Departamento de Policía de San Diego: Treinta y cinco unidades móviles, la mayoría de ellas montadas en vehículos de Voluntarios adultos mayores. • Departamento del Sheriff de San Diego: Treinta y un sistemas mont ados en coches patrulla. • Departamento de Policía de la Universidad de San Diego: cuatro sistemas montados en coches patrulla. Para más detalles, consulte el informe del personal del Ayuntamiento sobre el ALPR 3-23-21, página 5. 62. ¿Cuál es la historia [del ALPR]? Véase la respuesta a la pregunta nº 5. Para obtener detalles adicionales y una historia completa de los sistemas ALPR de Chula Vista, consulte el Informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3 -23- 21, páginas 3-5. 63. ¿Cuáles son los pros y los cont ras y cómo ayuda a la aplicación de la ley y cuál es el peligro de que se infrinja el derecho a la privacidad? La combinación de informes del personal relacionados con el ALPR, las aportaciones de la comunidad y las preguntas y respuestas representadas en este documento proporcionan una variedad de consideraciones sobre los pros y los contras relativos del sistema ALPR. También detallan los beneficios del ALPR, cómo ayuda a la aplicación de la ley y cómo ayuda a la comunidad. El Departamento de Policía de Chula Vista trabaja continuamente para valorar y evaluar las nuevas tecnologías y para desarrollar e implementar políticas y protocolos responsables y transparentes que maximicen la lucha contra el crimen y la reducción de la delincuencia de una manera que sea respetuosa y consciente de los derechos individuales y las preocupaciones de privacidad. 64. Si tenemos vigilancia, ¿qué tipo de supervisión debe existir? El uso responsable y eficaz de la tecnología es el tercero de los seis pilares señalados por el Grupo de Trabajo sobre la Policía del Siglo XXI que llevó al cabo el Presidente Obama en 2014. La tecnología ofrece a los organismos oportunidades para servir mejor a sus comunidades y les permite resolver lo s delitos con mayor rapidez y evitar más victimización, así como crear nuevas vías y conexiones con la comunidad. La tecnología puede cambiar o adaptarse rápidamente. El Departamento de Policía reconoce que la evolución de las tecnologías crea tanto nuevas oportunidades como preocupaciones sobre los derecho s de privacidad. El Departamento de Policía de Chula Vista trabaja continuamente para valorar y 26 evaluar las nuevas tecnologías y para desarrollar e implementar políticas y protocolos responsables y transp arentes que maximicen la lucha contra el crimen y la reducción de la delincuencia de una manera que sea respetuosa y consciente de los derechos individuales y las preocupaciones de privacidad. La gestión y supervisión del sistema ALPR es responsabilidad de un capitán de policía, que cuenta con el apoyo de u n teniente de policía, un sargento y un director de tecnología de la información. La política del Departamento de Policía se basa en una combinación de experiencia profesional, mejores prácticas, requisitos y restricciones legales y reglamentarias, revisión y opiniones judiciales, revisión de la comunidad y aportaciones de la comunidad. La política del Departamento describe las restricciones y los requisitos relacionados con el acceso al programa ALPR, la administración, el funcionamiento, el intercambio de datos y la retención y la responsabilidad. Además, las leyes federales y estatales rigen cuándo y por qué los agentes pueden acceder a información confidencial como los sistemas ALPR. La ley estatal y l a política del Departamento prohíben compartir infor mación que no está disponible para el público sobre una persona y requieren razones oficiales de aplicación de la ley para el acceso. Las infracciones por el mal uso o el abuso de estas leyes incluyen el despido y el enjuiciamiento penal. Todos los agentes y todas las personas autorizadas a acceder a información confidencial están obligados a asistir a una capacitación dos veces al año y a pasar una prueba de recertificación para poder utilizar estos sistemas. Además, estos sistemas son auditados regularme nte por el gobierno estatal y federal. Las auditorías también se realizan en departamentos enteros. Para más detalles, consulte el informe del personal del Ayuntamiento sobre el ALPR 3-23-21, página 2-13. 65. ¿La información que se recoge con el ALPR es utiliz ada por empresas privadas? Ni Vigilant Solutions ni ninguna otra entidad comercial están autorizados a ver o buscar datos ALPR de las fuerzas de seguridad. 66. ¿Quién tomó la decisión en abril de 2020 de seguir compartiendo a sabiendas que los datos ALPR del CVPD se compartían con ICE y CBP? ¿Por qué esta decisión permaneció desconocida (aparentemente) para la Jefa de la Policía, la Alcaldesa, el Cabildo de la Ciudad y los miembros de la comunidad hasta que lo publicó el artículo del U-T en diciembre de 2020? ¿Por qué CVPS *todavía* comparte datos con DHS-HSI, ARJIS, y otras agencias que incluyen a ICE? ¿Quién está tomando las decisiones de tecnología de vigilancia para Chula Vista y en qué criterios, valores y prioridades? 27 En abril de 2020, la ACLU presentó una solicitud de la Ley de Registros Públicos (PRA), (Anexo F) en relación con la suscripción del Departamento a la Red de Informes de Archivos de Aplicación de la Ley (LEARN) de Vigilant. El Departamento investigó el sistema ALPR Vigilant y proporcionó la lista de agencias Vigilant LEARN de las que el Departamento compartía y recibía datos. En la lista figuraban el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) y la Patrulla Fronteriza de los Estados Unidos (USBP). Mientras tanto, el Departamento buscó orientación jurídica para asegurarse de que el intercambio de datos se ajustaba a la ley SB54. Este fue un proceso de revisión cooperativa en el que participaron el Departamento de Policía y la Oficina del Fiscal de la Ciudad. Debido a que los datos del ALPR no incluyen información de identificación personal (PII), ni contienen ninguna información relacionada con la inmigración, se determinó que el intercambio de datos con estas agencias cumplía con el SB54. Como se detalla en este documento, el Departamento de Policía ha autorizado históricamente a una variedad de agencias de aplicación de la ley para buscar sus datos ALPR, comúnmente conocido como "intercambio de datos". Durante el transcurso de este periodo de revisión y de aportación de la comunidad, el Departamento de Policía está en proceso de evaluar todos los aspectos del sistema ALPR, incluido este proceso de intercambio, para poder hacer recomendaciones de cambios. Como resultado de este proceso, las recomendaciones del Departamento de Policía al Ayuntamiento incluyen importantes limitaciones en los acuerdos de intercambio de datos. Si son adoptadas por el Ayuntamiento, las recomendaciones del Departamento de Policía prohibirían al departamento de In vestigaciones de Seguridad Nacional (HSI) o a cualqu ier otra entidad federal buscar en los datos del ALPR de Chula Vista. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 4. 67. ¿Qué porcentaje de todas las matrículas (recopiladas a través de los ALPR) están vinculadas a un delito real? El Departamento no realiza un análisis masivo de los datos del ALPR y no tiene ningún sistema capaz de realizar una amplia comparación entre los datos d el ALPR y la hora, la fecha y la ubicación específica de miles de delitos denunciados cada año. Como resultado, no podemos evaluar cuántos de los datos ALPR capturados individualmente estaban vinculados a un delito en el momento en que se capturaron los datos. 68. En la presentación se mencionó una plataforma d e Vigilant Solutions. Cuál es la finalidad de la plataforma y cómo se comparten los datos a través de ella? El departamento está suscrito a Vigilant Solutions, que proporciona almacenamiento de datos para el sistema ALPR del Departamento de Policía. El Dep artamento de Policía no almacena su propia copia de los datos ALPR en los sistemas locales. 28 Todos los datos ALPR, incluyendo las imágenes y los datos de las matrículas, se transmiten a Vigilant Solutions. En 2017, el departamento cambió de proveedor a Vigi lant Solutions y comenzó a suscribirse a su base de datos Law Enforcement Archival Reporting Network (LEARN). Esto también incluyó la capacidad para que los datos ALPR de Chula Vista se incluyan en las búsquedas de otras agencias de aplicación de la ley en todo el país, comúnmente conocido como "intercambio de datos". Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 4. 69. ¿Está el Departamento de Policía de Chula Vista preparado para hacer cumplir las nuevas regulaciones bajo el SB 210, que requiere la eliminación de los datos ALPR después de que la matrícula tenga 24 horas de antigüedad? El Departamento de Policía de Chula Vista cumple, y seguirá cumpliendo con todos los requisitos y reglamentos legales. 70. ¿Seguimos compartiendo información con HSI? Sí, pero como resultado de este proceso de revisión del programa ALPR, las recomendaciones del Departamento de Policía de ahora en adelante prohibirían al departamento de Investigaciones de Seguridad Nacional (HSI) o cualquier otra entidad federal de buscar los datos ALPR de Chula Vista. 71. ¿Por qué la policía de California no ha dejado de utilizar la tecnología ALPR? El Departamento sigue utilizando la tecnología ALPR porque es una herramienta eficaz de lucha contra la delincuencia. Para más detalles, consulte el informe del personal del Ayuntamiento sobre el ALPR 3-23-21, página 1-5. 72. La seguridad de los datos es primordial. ¿Cómo garantiza e l CVPD que los datos se almacenan, transmiten y prot egen de forma segura en cada nodo, dentro del CVPD, su red y con el proveedor Vigilant Solutions? Véase la respuesta a la pregunta nº 44. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el info rme del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 2, página 6 y en otros lugares. 73. En diciembre de 2020, los medios de comunicación informaron al CVPD que el programa ALPR puede estar violando dos leyes de CA que requieren la 29 participación del público. Qué hará el CVPD para asegurar que este prog rama ya no esté cerca de violar las leyes de CA? La ciudad de Chula Vista valora la transparencia y cumple con todas las leyes y reglamentos relativos a la divulgación pública y la participación del públi co. Esto es cierto en el caso del programa ALPR que ya se ha presentado al público con la oportunidad de hacer aportaciones en múltiples ocasiones desde 2007. Sobre la base de su comprensión del programa y la forma en que se administra, la oficina del Fiscal de la Ciudad cree que la Ciudad está en cumplimiento de todas las leyes estatales y federales aplicables con respecto a su programa ALPR. La revisión del Departamento y del Fiscal de la Ciudad sobre el cumplimiento legal del programa será continua. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, páginas 3-4. 74. ¿A dónde van estos datos [ALPR]? El departamento está suscrito a Vigilant Solutions, que proporciona almacenamiento de datos para el sistema ALPR del Departamento de Policía. El D epartamento de Policía no almacena su propia copia de los datos ALPR en los sistemas locales. Todos los datos ALPR, incluyendo las imágenes y los datos de las matrículas, se transmiten a Vigilant Solutions. Además, Chula Vista es parte de un Memorando de E ntendimiento (MOU) del año 2016 entre SANDAG y ARJIS que incluye un acuerdo de intercambio de datos para los datos ALPR. De acuerdo con ese MOU, Chula Vista junto con otras agencias de aplicación de la ley en el condado de San Diego comparten datos ALPR en tre sí. Ninguna otra agencia recibe ni ha recibido nunca datos de Chula Vista. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 4. 75. ¿Quién puede acceder a los datos [ALPR]? Con respecto a los datos del ALPR, hay una serie de leyes federales y estatales, junto con reglamentos, que ayudan a regular el acceso para proteger la información personal y los derechos humanos y evitar las prácticas discriminatorias. Entre ellas destacan, por ejemplo, las leyes federales y estatales que regulan cuándo y por qué los agentes pueden acceder a información confidencial sobre una persona y con quién pueden compartirla. La ley estatal y la polític a del Departamento prohíben compartir información que no está disponible para el público sobre una persona y 30 requieren razones oficiales de aplicación de la ley para el acceso. Las infracciones por el mal uso o el abuso de estas leyes incluyen el despido y el procesamiento penal. Todos los agentes y todas las personas autorizadas a acceder a información confidencial están obligados a asistir a una capacitación dos veces al año y a pasar una prueba de recertificación para poder utilizar estos sistemas. Ademá s, estos sistemas son auditados regularmente por el gobierno estatal y federal. Las auditorías también se realizan en departamentos enteros. Estos sistemas requieren un inicio de sesión seguro y un motivo válido para la consulta. Además, el Departamento de Policía de Chula Vista mantiene una serie de polít icas y prácticas que ayudan a proteger la privacidad y las libertades civiles de nuestra comunidad. Mantenemos políticas estrictas que controlan todos los tipos de medios electrónicos o físicos que contienen Información de Justicia Penal, protegen su información mientras está almacenada o en uso, prohíben la exposición o divulgación ilegal o inapropiada, y requieren la limpieza y destrucción de los datos purgados. Las políticas existentes exigen que todos los empleados se adhieran a todas las leyes, órdenes, reglamentos, acuerdos de uso y formación aplicables relacionados con el acceso, el uso, la difusión y la divulgación de información protegida, incluida la información contenida en los sistemas ALPR. Específicamente, la Política #460 de la Policía de Ch ula Vista es específica para el programa ALPR del Departamento. Describe el acceso, la administración, la operación, el intercambio de datos y la retención y la responsabilidad. El acceso a los datos del ALPR está restringido a los usuarios autorizados del personal del Departamento. Todos los usuarios autorizados deben completar la capacitación del departamento antes de que se les conceda el acceso y éste es controlado por los administradores del sistema. El manual de políticas completo del Departamento de Policía está disponible en línea en https://www.chulavistaca.gov/departments/police -department/department- policies. Esto y otros detalles adicionales se pueden encontrar en el informe del personal del Ayuntamiento sobre ALPR 3-23-21, página 2, página 6 y en otros lugares. 76. ¿Quién está a cargo de la supervisión [del ALPR] además de la policía de California? El Ayuntamiento establece la política y el Departamento de Policía la aplica bajo la supervisión del Administrador de la Ciudad.